La transparencia y los criterios de buen gobierno son ejes fundamentales en el funcionamiento de todas las instituciones públicas y privadas. La entrada en vigor de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, supone un avance en la regulación normativa de esta materia. En línea con sus disposiciones, las organizaciones empresariales están sujetas al cumplimiento de la obligación de publicidad activa, conforme al artículo 3 la citada Ley.
A través del presente Portal de Transparencia la Federación Educación y Gestión de la Comunitat Valenciana cumple con dicha obligación de publicidad activa y desea seguir mostrando su compromiso total con la transparencia en todos los aspectos de su funcionamiento y en el desarrollo de sus actividades, como ha realizado en todo momento. Confiamos en que el presente portal resulte de utilidad para cumplir dicho objetivo de transparencia en la gestión y acceso a la información.
Información Institucional
Fines de la Federación:
- La negociación de pactos, acuerdos y convenios colectivos, de conformidad con la legislación que, en cada momento, los regule.
- La representación de los Centros en las relaciones de conflicto laboral colectivo e individual.
- La representación institucional de los Centros en los Consejos Escolares y en otros órganos e instituciones de su ámbito y en aquellos otros de ámbito territorial inferior en los supuestos en que en el mismo no exista la correspondiente asociación, en los que dicha representación esté conferida a las organizaciones empresariales.
- La información, asistencia y asesoramiento a sus afiliados en cuanto a empresarios.
- La representación, coordinación , gestión, defensa y promoción de los intereses de sus afiliados, en cuanto empresarios.
- La representación de las entidades federadas ante la Administración.
La Federación desarrollará sus fines en el marco del principio de libertad de enseñanza, de la promoción del carácter propio de los Centros afiliados y de las directrices que, sobre los aspectos generales de la actividad de los centros que agrupa, dimanen de la Confederación de centros, de ámbito estatal, en que se encuentre integrada.
La Federación confiere su representatividad a nivel estatal a la Confederación de centros en la que se encuentre integrada.
Los órganos de gobierno de la Federación son:
- La Asamblea General.
- La Junta Directiva.
- El Comité Ejecutivo.
- El Presidente.
La Asamblea General
La Asamblea General es el órgano supremo de gobierno de la Federación. Sus acuerdos, adoptados con arreglo a los presentes Estatutos, son obligatorios para todos los afiliados.
Composición
- La Asamblea General estará integrada por todos los miembros de la Junta Directiva y por representantes de todas las asociaciones afiliadas.
- Las Asociaciones provinciales tendrán derecho a 5 representantes en la Asamblea General y a 1 representante más por cada 10 empresarios afiliados o fracción superior a 5. Los empresarios afiliados deberán estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones.
- A la Asamblea General podrán asistir otras personas, con voz pero sin voto, de acuerdo con lo que se dispone en los presentes Estatutos o por el procedimiento que se establezca reglamentariamente.
Clases
- La Asamblea General podrá ser Ordinaria o Extraordinaria.
- La Asamblea General Ordinaria se reunirá una vez al año, por convocatoria del Presidente.
- La Asamblea General Extraordinaria se reunirá, cuantas veces se considere necesario, por convocatoria del Presidente, a su instanc ia o a solicitud de la Junta Directiva o de, al menos, un tercio de los afiliados.
Competencias
1.- Compete a la Asamblea General:
- Elegir al Presidente y a los miembros electivos de la Junta Directiva.
- Aprobar el presupuesto anual y los presupuestos extraordinarios.
- Aprobar el balance y cuenta de resultados.
- Aprobar los programas y planes de actuación.
- Aprobar la gestión de los órganos de gobierno de la Federación.
- Aprobar las cuotas, ordinarias o extraordinarias, de la Federación a propuesta de la Junta Directiva.
- Resolver los recursos contra las resoluciones de la Junta Directiva por las que se rechace la solicitud de admisión de asociaciones en la Federación y por las que se resuelva la expulsión de una afiliado.
- Aprobar el reglamento de régimen interior de la Federación.
- Modificar los presentes Estatutos.
- Acordar la constitución de confederaciones de empresarios y la integración o separación de la Federación en las existentes.
- Acordar la fusión y la disolución de la Federación.
- Separar de sus cargos al Presidente y a los miembros electivos de la Junta Directiva.
- Adoptar los acuerdos sobre aquellas otras materias que le sean sometidas por la Junta Directiva.
2.- Son de competencia exclusiva de la Asamblea General Ordinaria las facultades que se recogen en los puntos 1, únicamente en cuanto a los vocales electivos de la Junta Directiva, 2, 3, 4 y 5) del número anterior.
3.- Son de competencia exclusiva de la Asamblea General Extraordinaria las facultades que se recogen en las letras 9, 10, 11 y 12 del número 1 del presente artículo. Además, podrá aprobar presupuestos extraordinarios de la Federación.
Convocatoria
La Asamblea General se convocará por el Presidente de la Federación, mediante escrito que se remitirá a todos los miembros de la Asamblea con, al menos, 15 días naturales de antelación. En la convocatoria deberá expresarse el lugar, fecha y hora de la primera y, en su caso, segunda convocatoria, así como los asuntos que constituyan el orden del día de la reunión. Entre la primera y la segunda convocatoria habrá de transcurrir al menos media hora. En caso de urgencia la convocatoria se efectuará con, al menos, 7 días de antelación.
Constitución
- La Asamblea General quedará válidamente constituida, en prime ra convocatoria, cuando se encuentren presentes o representados la mayoría absoluta de los miembros con derecho a voto, y en segunda convocatoria cualquiera que sea el número de asistentes, salvo que se exija otro quórum en los presentes Estatutos.
- En los supuestos de los apartados 9, 10, 11 y 12 del número 1 de este artículo sobre la Asamblea General, se requerirá que esté presente la mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea con derecho a voto.
LA JUNTA DIRECTIVA
La Junta Directiva es el órgano encargado de la dirección, gobierno y administración de la Federación.
La Junta Directiva estará integrada por el Presidente de la Federación, los Presidentes de las Asociaciones afiliadas a la Federación, el Vicepresidente, el Secretario, el Tesorero y un número de vocales no inferior a 5 ni superior a 9.
Así mismo, podrán participar en la Junta Directiva, con voz pero sin voto, hasta tres representantes designados por las entidades no patronales representativas de centros católicos según la modalidad de su titularidad.
La calidad de miembro de la Junta Directiva no será delegable.
La remoción del Presidente y de los demás miembros electivos de la Junta Directiva requerirá la celebración de Asamblea General Extraordinaria, en cuyo orden del día habrá de constar expresamente dicho punto, y el acuerdo favorable de la mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea, presentes y representados, con derecho a voto.
Competencias
Compete a la Junta Directiva:
- Ejecutar los acuerdos adoptados por la Asamblea
- Dirigir y realizar las actividades de la Federación en orden al logros de sus
- Adoptar cuantas medidas sean precisas para la defensa de los intereses económicos y laborales de los Centros representados por la Federación.
- Elaborar y proponer a la Asamblea General, para su aprobación, los programas y planes de actuación y las memorias anuales.
- Elaborar y proponer a la Asamblea General, para su aprobación, los presupuestos, balances, liquidaciones de cuentas, cuotas y derramas.
- Modificar el domicilio social de la Federación, sometiendo tal decisión a ratificación de la Asamblea General, y establecer delegaciones y representaciones.
- Solicitar la convocatoria de la Asamblea General Extraordinaria.
- Resolver, en primera instancia, las solicitudes de incorporación a la Federación.
- Acordar la imposición de sanciones disciplinarias.
- Recaudar y administrar los fondos de la Federación conforme a los presupuestos aprobados por la Asamblea General.
- Acordar la apertura y cancelación de cuentas corrientes y/o libretas de ahorro en las que se depositarán los fondos de la Federación, así como cualquier otra operación bancaria necesaria para el normal desarrollo económico-financiero de la Federación.
- Adoptar acuerdos referentes a la contratación de bienes y servicios , ejercicio de acciones y otorgamiento de poderes.
- Nombrar al personal técnico,administrativo y subalterno y determinar sus funciones, de acuerdo con las directrices sobre personal dictadas por la Confederación estatal de centros en la que se integra la Federación.
- En casos de extrema urgencia, adoptar decisiones sobre asuntos cuya competencia corresponda a la Asamblea General, dando cuen ta de ello en la primera sesión que ésta celebre.
- Aquellas otras que se señalen en los presentes Estatutos o que le delegue la Asamblea General.
Miembros de la junta directiva
El Presidente
El Presidente de la Federación será elegido por la Asamblea General mediante sufragio libre y secreto.
Competencias
Compete al Presidente:
- Convocar y presidir las reuniones de la Asamblea General y de la Junta Directiva.
- Dirigir los debates y el orden de las reuniones y ejecutar los acuerdos.
- Ostentar la representación legal de la Federación ante la Administración, los juzgados y tribunales de cualquier grado y jurisdicción, ante cualquier entidad pública o privada y, en general, ante terceros . Formalizar toda clase de actos y contratos y elevarlos a públicos, otorgar poderes generales para Letrados, Procuradores y terceros previo acuerdo de la Junta Directiva.
- Proponer a la Junta Directiva el nombramiento de cargos técnicos que sean necesarios para el adecuado funcionamiento de la Federación.
- Cumplir y hacer cumplir las normas estatutarias .
- Firmar y autorizar con su visto bueno, según proceda, las actas de cuantas reuniones se celebren, las certificaciones o informes que expida la Federación así como las normas generales que se dicten.
INFORMACIÓN ECONÓMICA, PRESUPUESTARIA Y ESTADÍSTICA
EJERCICIO 2015
Presupuesto
Cuentas Anuales
EJERCICIO 2016
Presupuesto
Cuentas Anuales
EJERCICIO 2017
Presupuesto
Cuentas Anuales
Retribución altos cargos
- Presidente autonómico: sin retribución
EJERCICIO 2018
Presupuesto
Cuentas Anuales
EJERCICIO 2019
Presupuesto
Cuentas Anuales
Retribución altos cargos
- Presidente autonómico: sin retribución